miércoles, 27 de febrero de 2013

Articulo sobre la Seguridad y Defensa

La Seguridad y Defensa Nacional son elementos concebidos como primordiales dentro de la conformación de las naciones, puesto que los mismos conceden o dan cierto nivel de confiabilidad y protección a todas las personas que integran la nación  En todo Estado y en particular en el Estado venezolano  se encuentran una serie de elementos tanto naturales, como territoriales que deben ser preservados y protegidos del alcance de sujetos a los cuales no les corresponde administrarlos ni usarlos. 
La Seguridad Nacional esta referida a las manifestaciones externas, que los sujetos integrantes de la nación pueden percibir, y que se manifiesta en la sensación de tranquilidad o de inseguridad de los ciudadanos, ya que depende de la percepción por parte de la ciudadanía de la sensación de paz, peligro o amenaza para con la nación y por ende para con la seguridad de sus ciudadanos. La misma es parte inherente de la política de la nación y está directamente vinculada con el Poder Nacional, el cual le proporciona los medios para que se pueda llevar a cabalidad. 
En el ámbito político la seguridad nacional es el objetivo principal, la meta, el fin, mientras que la defensa nacional es el medio, o uno de los medios, el mas destacado para lograr la seguridad. Se puede señalar el aspecto de la Seguridad como un aspecto psicológico  como una actitud o un estado de conciencia, y que va a depender del grado de confianza y seguridad que el estado transmita a sus nacionales. Alude a la facultad del Estado de ejercer su autoridad por encima de cualquier otro en un territorio especifico y sobre una determinada población  Por lo tanto, ningún Estado puede ejercer soberanía donde lo hace otro. este principio encuentra su expresión mas corriente en la idea de no injerencia de un Estado o de un conjunto de ellos en los asuntos internos del otro. A lo largo de la historia del pensamiento político los juristas se preguntaron por el individuo o el organismo en que residía la soberanía  Originariamente, cuando el Estado tuvo carácter patrimonial, afirmaron que el soberano era el rey por designo de Dios. Mas tarde, aseguraron que Dios había entregado la soberanía al pueblo, pero que éste la delegaba en el monarca. Con el desarrollo delas formas institucionales republicanas y democráticas  se llego a pesar que el depositario de la soberanía es el mismo pueblo. 
La idea del derecho a la autodeterminación de los pueblos fue desplazando progresivamente a la de soberanía  Este concepto tiene dos aspectos. Por un lado se define como "el derecho de un pueblo de elegir libremente su propio sistema político, económico y social. Por otro lado, significa "el derecho de un determinado pueblo de constituirse en Estado o unirse a otro ya existente". 
Dispone la Constitución que "La seguridad de la Nación se fundamenta en la corresponsabilidad entre el Estado y la sociedad civil, para dar cumplimiento a los principios de independencia, democracia, igualdad, paz, libertad, justicia, solidaridad, promoción y conservación ambiental y afirmación de los derechos humanos, así como la satisfacción de las necesidades individuales y colectivas de los venezolanos, sobre las bases de un desarrollo sustentable y productivo de plena cobertura para la comunidad nacional. El principio de la corresponsabilidad se ejerce sobre los ámbitos económicos, social, político  cultural, geográfico  ambiental y militar. Igualmente se establece que la seguridad de la nación es competencia esencial y responsabilidad del Estado fundamentada en el desarrollo integral de ésta y su defensa es responsabilidad de todos. 
En cuanto a la atención de las fronteras, la Constitución la considera prioritaria para la defensa nacional y establece una franja de seguridad de fronteras cuya aptitud, regímenes especiales en lo económico y social, poblamiento y utilización serán regulados por la ley, protegiendo de manera expresa los parques nacionales, el hábitat de los pueblos indígenas allí asentados y demás áreas bajo régimen de administración especial.(Edgar E. Blanco C) 

Dubraska Valles y Maria P. Chacin 

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